VI Encuentro Científico Argentino
"Discapacidad. Discriminación y Prejuicio"
"Discapacidad. Discriminación y Prejuicio"
22 de junio de 2012 08.00 a 19.00 hs.
Auditorio de la Alianza Francesa
Billinghurst 1923 CABA

La discapacidad es un tema que se tiende a
evitar: incomoda, perturba y cuestiona muchas de nuestras concepciones acerca
de la llamada “normalidad”. De ahí que la exclusión, el prejuicio y la
discriminación de muchas personas agravan su situación, al vulnerar derechos
fundamentales.
Entender al ser
humano como sujeto biopsicosocial implica abarcar al entorno familiar, el grupo
de pares, las relaciones de pareja, la vida social, pensándolo dentro de la
comunidad en relación con los demás.
El abordaje de la discapacidad desde la Atención Primaria
señala la necesidad de fomentar acciones
plurales e interdisciplinarias, constituyéndose en el gran desafío que no
debemos eludir ni invisibilizar.
Es responsabilidad colectiva de la sociedad
propiciar la equiparación de oportunidades, desarrollar potencialidades,
independencia e inclusión social.
En el tema de la salud y seguridad social, se debe poner énfasis en
establecer la normatividad que permita homologar y ampliar las acciones para la
prevención, rehabilitación e integración, por lo que es necesario implementar
acciones de extensión de coberturas, especialmente en comunidades marginales y
carenciadas.
Aparecen denominaciones
tales como minusválidos, niños y jóvenes con necesidades educativas especiales,
personas con capacidades diferentes, personas discapacitadas, personas con
discapacidad, entre otros.
Es importante
señalar que el lenguaje es constructor de pensamiento y la utilización de un
término específico implica un cambio cualitativo en la comunicación.
En la “Convención Internacional Amplia e Integral para Promover y Proteger
los Derechos y la Dignidad
de las Personas con Discapacidad, se
utilizó y definió el término de discapacidad como: “Deficiencia física,
mental, intelectual o sensorial a largo plazo que, al interactuar con diversas
barreras, puedan impedir su participación
plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás”.
En esta reforma se sustituyó el término de personas con capacidades diferentes por el de discapacidad, para quedar de la siguiente manera: “Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”.
plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás”.
En esta reforma se sustituyó el término de personas con capacidades diferentes por el de discapacidad, para quedar de la siguiente manera: “Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”.
Si bien discapacidad desde lo etimológico se
define como falta de capacidad,
resulta preferible hablar de personas con
discapacidad, puesto que la palabra persona pone el foco en la relación, es
decir aparece un sujeto requerido de presencia frente a otro. O sea que evita la discriminación pero señala
la presencia de un elemento diferente en seres con diversidad funcional.
ENCUENTRO NO ARANCELADO
Se entregan Certificados de Asistencia